La formación por puesto de trabajo se considera formación de PRL de segundo ciclo y requiere siempre, como paso previo, haber completado la formación del primer ciclo (el Aula permanente, de 8 horas).
El convenio general establece los contenidos y la duración mínima de la formación, en materia preventiva, de los diferentes puestos de trabajo que se contemplan en el sector de la construcción:
- Personal directivo de empresa (artículo 145, 10 horas)
- Responsables de obra y técnicos de ejecución (artículo 146, 20 horas)
- Mandos intermedios (artículo 147, 20 horas)
- Delegados de prevención (artículo 148, 70 horas)
- Administrativos (artículo 149, 20 horas)
Esta formación es aplicable a los puestos de trabajo que pueden encontrarse en las empresas del gremio.
Atención
Desde ARPHO se recomienda que todos los trabajadores del gremio de reparación, refuerzo y protección del hormigón, independientemente de su oficio y puesto, acrediten su formación mediante su propia Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC).

