
Entre las causas más habituales que derivan en la necesidad de añadir o sustituir armadura pasiva en una estructura de hormigón armado, debemos destacar dos principalmente: en primer lugar la adiccion basada para adecuación de cuantías de acero según EHE-08 para las solicitaciones establecidas, y en segundo lugar, el reemplazo de la ya existente como consecuencia de pérdida de sección resistente por procesos de corrosión o rotura directa.
Sea cual sea la causa que motiva la adición de nueva armadura pasiva, ésta se debe llevar a cabo siguiendo las pautas establecidas en la normativa de referencia (EHE-08), por lo que se debe diferenciar entre anclajes de armadura y solapes de armadura.
En líneas generales, la longitud neta de barra a emplear, tanto en el caso de anclajes como en el caso de empalmes, variará en función de los siguientes criterios: diámetro de la barra de acero corrugado empleada, límite elástico del acero empleado, posición de la barra y resistencia característica del hormigón.
La normativa de referencia en el caso de adicción o reemplazo de armadura por empalme permite el empleo de tres técnicas: empalme por solapa, soldadura o mediante dispositivos mecánicos especiales.
En el caso de empalmes por soldadura se deberá cumplir en todo caso las especificaciones recogidas en la Norma UNE 36832:97, mientras que en el caso de empalmes mediante dispositivos mecánicos, se deberá atender a las especificaciones emitidas por el fabricante de los dispositivos.
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